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ACTUALIZACIÓN E INSCRIPCIÓN DE PERSONAS MEDIADORAS COLEGIADAS

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Por acuerdo de fecha 17 de Noviembre actual, de la Ilma. Sra. Presidenta de la Audiencia Provincial de Valencia, Sra. Dña. Esther Rojo Beltrán. Notificado a éste Colegio, se establece que en el mes de diciembre actual, se actualizará el sistema de turnos de personas mediadoras para su designación en supuestos de derivación judicial, efectuada por los juzgados y tribunales de la provincia de Valencia, y se realizará un nuevo sorteo de orden.

Por todo ello, el Colegio debe actualizar el listado de personas mediadoras colegiadas (que reúnan los requisitos exigidos que se expresan seguidamente), que estén interesadas en formar parte de la lista de personas mediadoras de alguna o algunas de las especialidades u órdenes jurisdiccionales siguientes:

Civil. Familiar. Penal. Laboral. Contencioso-Administrativo. Tráfico.

A tal efecto, se adjunta hoja excel, para que cada una de las personas interesadas y que reúnan los requisitos exigidos (debiendo acreditar los mismos documentalmente), la confeccione y la remita a la mayor brevedad posible a la dirección de correo electrónico decano@icoc.es .

Siendo la fecha tope de recepción de listado y documentación acreditativa el día 14 de diciembre del 2023 a las 24,00 horas. 

Los requisitos que ha de reunir la persona mediadora para pertenecer a los turnos, serán los establecidos en el art. 11 de la Ley 5/2012, y el art. 19.2 de la Ley 24/2018 de mediación de la Comunidad Valenciana que son: tener Título oficial universitario o de formación profesional superior y formación específica para ejercer la mediación, que se adquiere con la realización de uno o varios cursos específicos impartidos por instituciones debidamente acreditadas, así como estar en disposición del correspondiente seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su actuación como persona mediadora, que exige la Ley 5/2012 de Mediación en asuntos civiles y mercantiles.

Las personas mediadoras podrán seleccionar uno, varios o todos los partidos judiciales de la provincia de Valencia, así como especialidades u órdenes jurisdiccionales que considere oportuno, sin limitación alguna, si bien, la participación en este listado supone el compromiso, por parte de la persona solicitante, de atender la Mediación que se le asigne por el órgano judicial competente y llevar a cabo, sin dilación y con la máxima profesionalidad, las sesiones de mediación y las gestiones propias de las mediaciones que puedan surgir, aceptando las indicaciones y las normas de funcionamiento.

Una vez presentados los listados, la Audiencia Provincial formará los turnos por especialidades u órdenes jurisdiccionales y mediante un único sorteo público, determinará el orden alfabético de las personas mediadoras en cada uno de ellos.

IMPORTANTE: La persona solicitante,  deberá, para ser incluida en el listado, acompañar a la solicitud póliza de seguro de R.C. y justificante del pago de la prima. Así como la documentación acreditativa del resto de requisitos expresados anteriormente.

Se informa, que existe la posibilidad de contratar un seguro de R.C. que cubre la mediación y el ejercicio de la Profesión, en nuestra web: https://www.icoc.es/wp-content/uploads/2021/07/sarguesmateu_web.pdf